Diputado Lema alerta irregularidades en prestaciones a las víctimas de la dictadura
El Tribunal de Cuentas tenía previsto analizar esta semana una transferencia de dinero del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al Ministerio de Salud Pública (MSP) y a la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE), para cumplir con el pago de las prestaciones a los beneficiarios de una de las leyes de reparación a las víctimas del terrorismo de Estado.
Pero el martes el MEF pidió al Tribunal la devolución del expediente, que tenía adjuntado un informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN) de 2018, en el que se señalan irregularidades en el cumplimiento de esta norma.
El diputado del Partido Nacional Martín Lema(lista 404), que espera las respuestas del MSP y ASSE a dos pedidos de informe sobre este tema, dijo a El País que insistirá ante las conclusiones “realmente alarmantes” del informe de la AIN.
Según la AIN, el decreto reglamentario de una ley de 2009 “amplía ilegítimamente el ámbito subjetivo de beneficiarios y reciben prestaciones personas que no reúnen las condiciones previstas por la normativa”. Y agrega: “No se puede asegurar que las personas que reciben prestaciones sean beneficiarias, ni que las prestaciones pagadas hayan sido efectivamente brindadas y cumplan con la calidad requerida”.
Los pedidos de informe de Lema fueron presentados en mayo de este año. Luego de los 45 días iniciales que tenían el MSP y ASSE para responder, se otorgó una prórroga de 30 días, que se venció en septiembre sin que el diputado reciba las respuestas.
Diputado Martín Lema. Foto: Archivo El País.
“O no quieren responder, producto de las consecuencias que podría llegar a tener dar la respuesta en un año tan especial como este. O es tal el descontrol que ni siquiera logran los datos para dar una respuesta”, dijo Lema a El País.
Las leyes
En el primer gobierno de Tabaré Vázquez (2005-2010) se aprobaron las dos leyes para reparar a estas personas.
En octubre de 2006 se aprobó la ley 18.033, que reconoció los derechos jubilatorios y pensionarios a los que perdieron su trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 -fecha en que el Ejército y la Fuerza Aérea desconocen la designación del general Antonio Francese como ministro de Defensa por parte del presidente Juan María Bordaberry, preámbulo del golpe de Estado del 27 de junio de ese año-, y el 28 de febrero de 1985, el día anterior a la asunción del primer gobierno democrático posdictadura de Julio María Sanguinetti.
Esta ley benefició a los que tuvieron que exiliarse y regresaron a Uruguay antes del 1º de marzo de 1985, a los que fueron detenidos o tuvieron que pasar a la clandestinidad, y a los despedidos de la actividad privada por su militancia sindical (según el decreto 518/973 del 4 de julio de 1973).
Y en septiembre de 2009 se aprobó la ley 18.596, sobre el reconocimiento y reparación a las víctimas del terrorismo de Estado entre el 13 de junio de 1968 -aplicación de las medidas prontas de seguridad del gobierno de Jorge Pacheco Areco– y el 28 de febrero de 1985.
Esta ley fue reglamentada en octubre de 2010, bajo el gobierno de José Mujica (2010-2015). El decreto establece que tendrán derecho a recibir atención integral de salud gratuita y vitalicia en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud las personas amparadas por la ley 18.596 y la ley 18.033, “y los hijos y nietos de todas ellas, sean biológicos o adoptivos”.
“El decreto 297/010 amplía ilegítimamente los sujetos amparados en el artículo 10 de la ley 18.596, ya que incorpora como beneficiarios a todas las personas comprendidas en la ley 18.033 y a los hijos y nietos del conjunto de beneficiarios de ambas leyes”, especifica la AIN en su estudio.
En mayo pasado, el semanario Búsqueda informó que con un presupuesto de $ 10 millones, en 2017 fueron 1.236 las solicitudes para ampararse a estas leyes. Desde un punto de vista financiero, agregaba, se detectaron como problemas “la falta y/o ineficiencia de los controles”, la “concentración de tareas que debieran estar segregadas”, así como la ausencia de procedimientos competitivos en la adjudicación a proveedores de los servicios. Mientras que el MSP presentó propuestas de mejora en los aspectos de su competencia, ASSE hizo descargos frente a las observaciones de los auditores.
Fuente: El País