Diputado Lema sobre tasa turísitica de la IMM: «Se trata de un impuesto, que resulta inconstitucional»
El diputado nacionalista Martín Lema exhortó a la Intendencia de Montevideo a dejar sin efecto la «Tasa Turística» que pretende cobrar a los extranjeros por cada noche que pernocten en un hotel de la capital, «por ser claramente inconstitucional».
A criterio del legislador del sector Todos, el intendente Daniel Martínez «tiene que asesorarse antes de proponer medidas que simplemente reflejan el afán recaudador». El abogado y edil de Alianza Nacional Javier Barrios Bove ya había advertido que «se trata de un impuesto encubierto, porque no cumple con la definición de Tasa que establece el Código Tributario, ya que no brinda ninguna contraprestación al turista».
En una exposición escrita que cursó a la IMM, el diputado Lema detalla que «como ha sostenido nuestra jurisprudencia desde 1986, a los gobiernos departamentales les resultan aplicables las definiciones establecidas en los artículos 10 a 13 del Código Tributario. El artículo 12 exige una serie de caracteres esenciales para que un tributo pueda ser considerado tasa (de lo contrario se trata de un impuesto). Lo mismo sucede con la definición de tasa dada por la Intendencia de Montevideo (artículo 8.3.1 del TOTID)».
Tanto el artículo 12 del Código Tributario como el citado 8.3.1 de la normativa departamental exigen que la tasa tenga como presupuesto de hecho «una actividad jurídica específica» del gobierno departamental hacia el contribuyente.
«Claramente no se advierte servicio específico alguno prestado por la Intendencia al turista extranjero. Tampoco se cumple con el destino dado que se proyecta verter lo recaudado a una cuenta extrapresupuestal administrada por un fideicomiso. Su fórmula de cálculo también resulta ajena a una tasa ya que se distingue según la categoría del hotel donde se hospeda el turista», advierte Lema.
La IMM pretende cobrar un monto fijo de US$ 0,5 por noche y por persona mayor de 11 años alojada en hoteles 3 estrellas; y otro de US$ 1 para quienes se hospeden en los de 4 y 5 estrellas. El monto máximo a cobrar sería de hasta US$ 5 por cada turista y estadía.
Es un impuesto.
El diputado del sector Todos advierte que «se trata claramente de un impuesto», resultando entonces «inconstitucional, dado que no es un impuesto que el artículo 297 de la Constitución faculte a crear a las intendencias».
«Además, se provoca una afectación al principio de igualdad (artículo 8 de la Constitución) desde dos puntos de vista: la nacionalidad jamás puede ser motivo de distingo para la imposición tributaria (principio de igualdad ante las cargas públicas); y no es concebible gravar si el turista se hospeda en un hotel y no hacerlo si utiliza otra modalidad de hospedaje (por ejemplo alquilando un inmueble)», concluyó Lema.
Fuente: El País